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Permiso de Filmación (permiso urgente), Prórroga y su Modificación.
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Última actualización: 14 de septiembre de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México
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Permiso de Filmación (permiso urgente), Prórroga y su Modificación.
Obtener un permiso, modificación, prórroga para filmar en la Ciudad de México. Con este permiso los productores podrán filmar en la vía pública; estacionar vehículos que impidan parcial o totalmente el tránsito vehicular, asegurar espacios de estacionamiento; efectuar la carga y descarga permanente del equipo audiovisual en las vías primarias y/o secundarias; e instalarlo en ellas, para filmar o grabar escenas de acción, efectos especiales y/o vehículos especiales en movimiento, conforme a las medidas de seguridad respectivas. Para el caso de que el permiso sea urgente deberá tramitarse ante la Comisión, en un plazo que no podrá ser menor a 24 horas hábiles anteriores a la filmación. Cuando exista una modificación de las condiciones establecidas en el permiso respectivo (vigencia, ubicación de la locación, medidas de seguridad, vehículos de producción involucrados, entre otras) se deberá requerir la Modificación. En caso de que el tiempo establecido originalmente no sea suficiente podrá solicitar la prórroga del Permiso de Filmación.
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Permiso de filmación
Modificación al Permiso de filmación.
Prórroga del permiso de filmación.
Permiso urgente de filmación
¿Quién realiza este trámite?
Productores que obtienen permiso para el desarrollo de actividades relacionadas con el sector audiovisual en la Ciudad de México.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Vigencia
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede:
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Permiso de filmación El formato deberá entregarse por duplicado. • El pago de los derechos previstos aumentará en cincuenta por ciento, cuando la filmación solicitada se lleve a cabo en el perímetro vial conformado por Eje Central Lázaro Cárdenas, José María Izazaga y su continuación San Pablo, Anillo de Circunvalación y su continuación Vidal Alcocer, Peña y Peña y su continuación, Apartado y República de Perú; así como en el perímetro vial constituido por Avenida Hidalgo, Doctor Mora, Avenida Juárez y Eje Central Lázaro Cárdenas. • En caso de que la filmación implique transitar o diseñar Circuitos por una o más Alcaldías, el interesado deberá establecer la ruta que recorrerá, misma que deberá anexar al Formato Único de Permiso. Permiso urgente de filmación El permiso urgente deberá tramitarse ante la Comisión, mediante Formato Único de Permiso Urgente, en un plazo que no podrá ser menor a 24 horas hábiles anteriores a la filmación, que permite a los productores lo siguiente: En caso de que la filmación implique transitar o diseñar Circuitos por una o más Alcaldías, el interesado deberá establecer la ruta que recorrerá, misma que deberá anexar al Formato Único de Modificación de Permiso. Modificación al permiso de filmación Para determinar la procedencia de la solicitud de Modificación de Permiso de Filmación, la Comisión de Filmaciones analizará lo siguiente: I. Que previamente se haya recibido Formato Único respectivo para la misma locación en la misma fecha
Duración / Respuesta
2 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal:
Artículos 7, 25, 26, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43. 44, 45, 46 y 47.
Ley de Filmaciones del Distrito Federal:
Artículos 1, 2, 4 Fracciones VIII, IX, XI y XII, 5, 10 fracción III, 19 fracciones VI, VII, X, XIX, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 40 BIS, 41 y 42.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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