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Asignación de Cuenta Predial Global o Individual
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Última actualización: 30 de abril de 2024
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Administración y Finanzas
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Asignación de Cuenta Predial Global o Individual
Trámite mediante el cual las personas físicas y morales propietarias de predios en la Ciudad de México se inscriben por primera vez en el padrón de contribuyentes del impuesto predial, con la finalidad de cumplir con el pago de dicho impuesto.
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Asignación de Cuenta predial Global
Asignación de Cuenta predial Individual
¿Quién realiza este trámite?
Contribuyentes que requieran determinar y registrar el número de cuenta predial global que le corresponde al inmueble por primera vez, o asignar cuentas individuales omisas en caso de condominio, en el padrón cartográfico de la Ciudad de México, cuya finalidad es acreditar el cumplimiento del pago del impuesto predial.
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Tarjeta de Residencia - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Escrito libre dirigido al Subtesorero de Catastro y Padrón Territorial indicando: nombre completo del interesado, señalando domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico (en original y dos copias)
4. Acreditar la propiedad de alguna de las siguientes formas: a) Escritura de propiedad, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en caso de no estar inscrita deberá además presentar Carta Original vigente (no mayor a 6 meses) del Notario Público, indicando que se encuentra en trámite de inscripción, o b) Sentencia judicial, ejecutoriada inscrita en el registro Público de Propiedad y del Comercio, o c) Contrato privado de compraventa, ratificando ante juez inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio
5. Croquis de Localización, anotando los nombres de las calles circundantes o ubicar el predio en la cartografía catastral en los módulos de Servicio al Contribuyente
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. El ciudadano ingresa a
https://ovica-servicios.finanzas.cdmx.gob.mx/tramites-linea/
2. El ciudadano le da click en TRAMITES y busca el nombre del trámite Asignación de Cuenta Predial Global o Individual
3. El ciudadano ingresa los datos solicitados, adjunta la documentación y le da click en el botón de REGISTRAR, para generar su folio correspondiente de la solicitud de PRE REGISTRO
4. La plataforma asigna número de folio
5. El ciudadano en un lapso de 3 a 5 días hábiles puede revisar el estatus de la solicitud del trámite. En caso de que la plataforma determine que exista RECHAZO, PREVENCIÓN o VALIDACIÓN se le enviará un correo
6. En caso de que se valide tu trámite se te enviará un correo electrónico indicando la fecha en la que pueda acudir por su respuesta
De manera presencial:
1. Se presenta con sus documentos al Módulo para previa revisión
2. Espera turno para ser atendido por un asesor y cotejar la documentación correspondiente
3. Revisa la documentación e informa el tipo de trámite
4. Pasa a oficialía de partes para entregar la documentación y en conjunto con el servidor público ingresan los datos en el sistema informático
5. Entrega acuse de recibo
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Localiza la oficina de atención más cercana
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Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Oficio
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Acreditar el interés jurídico. • En caso de promover a nombre de otra persona deberá acreditarlo con: a) Carta Poder con firmas autógrafas anexando original y copia de identificación oficial del otorgante, aceptante y de 2 testigos. b) Poder notarial para actos de administración. Este trámite será resuelto en un plazo de cuatro (4) meses, de conformidad con el artículo 54 del Código Fiscal de la Ciudad de México, lo equivalente a 120 días hábiles.
Duración / Respuesta
4 Mes(es)
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 54
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...