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Expedición, Renovación y Reposición de Licencia para conducir Tipo A, A1 y A2 y Permanente
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Última actualización: 14 de noviembre de 2024
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Movilidad
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Expedición, Renovación y Reposición de Licencia para conducir Tipo A, A1 y A2 y Permanente
La Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México expide la licencia permanente para conducir vehículos particulares a los ciudadanos que la soliciten por primera vez, previo a cumplir con los requisitos solicitados
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Expedición de Licencia para conducir tipo A, permanente sin antecedentes de licencia ante la Secretaria de Movilidad de la Ciudad de México
¿Quién realiza este trámite?
Ciudadanos habitantes de la Ciudad de México o Estado de México, sin antecedentes de licencia para conducir ante la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México y que no tengan sanciones por conducir vehículos motorizados bajo los efectos del alcohol y/o narcóticos y no estar o haber estado involucrado en hechos de tránsito causados por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad, que tengan como consecuencia la pérdida de la vida o lesiones a terceros
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original
Cédula Profesional - Original
Pasaporte - Original
Tarjeta de Residencia - Original
Cartilla de Servicio Militar - Original
2. Línea de captura pagada
3. Constancia de acreditación de la evaluación para la licencia de conducir permanente
4. Clave Única del Registro de Población (CURP), este requisito podrá ser cubierto con la Credencial para votar emitida por la autoridad competente, siempre que esta cuente con la CURP de la persona interesada
5. Comprobante de domicilio de la Ciudad de México o Estado de México: Boleta de impuesto Predial Boleta del Servicio de Agua Estado de cuenta bancario Estado de cuenta de servicio telefónico Recibo de Servicio de Luz
Requisitos para hacerlo en línea:
Contar con una cuenta de
Llave CDMX
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Agenda una cita
aquí
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Licencia para Conducir Tipo A permanente
Monto a pagar: $
1,500.00
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 229 fracción II inciso b) y VII.
Documento que se obtiene:
Vigencia
Permanente
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
*Para realizar tu Evaluación teórica deberás agendar una cita por medio del ChatBot CDMX 5556581111, llamando al número de Locatel *0311 o a través de la siguiente liga electrónica: https://app.semovi.cdmx.gob.mx/citas/ y después acudir al lugar en la fecha y horario elegido al Macromódulo ubicado en la Sala de Armas de la Magdalena Mixhuca, Ciudad Deportiva en la Alcaldía Iztacalco. *Uno de los requisitos es el comprobante de domicilio, el cual se podrá tener por cumplido con la credencial para votar, siempre y cuando cuente con la información completa del domicilio de la persona que realiza el trámite. El comprobante de domicilio puede ser de la Ciudad de México o del Estado de México. *Si cuentas con una Licencia de Conducir tipo A que no sea de la Ciudad de México deberás acreditar la evaluación y el pago correspondiente *Esta licencia de conducir permanente no aplica para el manejo de motocicleta. Si requieres conducir motocicleta deberás solicitar la Licencia Tipo A1*Para ser candidato para solicitar la licencia permanente recuerda que no debes haber sido sancionado por conducir vehículos motorizados bajo los efectos del alcohol y/o narcóticos, en los términos del Reglamento de Tránsito y no estar o haber estado involucrado en hechos de tránsito causados por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad, que tengan como consecuencia la pérdida de la vida o lesiones a terceros.
Duración / Respuesta
Resolución inmediata.
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.:
Artículos 114 fracción XVII, 124, 126 fracción I inciso a), 127 y 127 BIS
Ley de Movilidad de la Ciudad de México:
Artículos 64 y 65
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 229 fracción II inciso b) y VII
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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