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Atención a vicios ocultos.
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Última actualización: 02 de noviembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Instituto de Vivienda de la Ciudad de México
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Atención a vicios ocultos.
Servicio mediante el cual, los beneficiarios de las viviendas, dentro de los 2 primeros años a partir de la terminación de la obra, presentan una solicitud de atención a vicios ocultos, que son los detalles inherentes a la obra que solo pueden detectarse a través del tiempo y del uso de las instalaciones.
¿Quién realiza este trámite?
Beneficiarios del Programa de Vivienda en Conjunto, cuyas viviendas no tengan más de dos años desde su terminación.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Permiso para conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documento que acredite al solicitante como beneficiario de la vivienda o servicio complementario, expedido por el INVI.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Elabora escrito libre dirigido a la Dirección de Asistencia Técnica
2. Entrega escrito libre en la Dirección de Asistencia Técnica.
3. Recibe escrito libre y verifica que la solicitud este en tiempo.
4. Realiza visita técnica a la vivienda para verificar que en efecto se trate de Vicios Ocultos
5. En caso de tratarse de vicios ocultos informa a la empresa constructora para dar atención. Si la solicitud no corresponde a vicios ocultos se informa por escrito al solicitante la improcedencia.
6. Da seguimiento a la atención e informa al solicitante al término de los trabajos.
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Documento que se obtiene:
No se obtiene ningún documento
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Las solicitudes deberán ser presentadas por los titulares de las viviendas, proporcionando número telefónico para contacto. Las garantías por vicios ocultos solicitadas contractualmente a las empresas solo tienen vigencia de 2 años a partir de la conclusión de la obra, por lo que una vez transcurrido ese tiempo, las solicitudes serán improcedentes.
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Otro:
Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del Instituto de Vivienda del Distrito Federal.:
4.6.3, 5.2.4 y 5.4.1
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...