Atención Ciudadana
Gobierno
Guía de Visitantes
Atención Ciudadana
Gobierno
Guía de Visitantes
ui-button
licencia de conducir
Mi beca para empezar
Permiso para residentes
Portal CDMX
Reposición de la Constancia de Verificación Vehicular
Regresar
Última actualización: 02 de mayo de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría del Medio Ambiente
Imprimir
Compartir
Reposición de la Constancia de Verificación Vehicular
Trámite cuya finalidad es brindar a los propietarios u operadores de vehículos que hayan sufrido el robo, pérdida o destrucción total o parcial de la constancia de Verificación Vehicular
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Certificado
Holograma
¿Quién realiza este trámite?
Propietarios de vehículos automotores matriculados y/o que circulen en en la Ciudad de México.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original
ó Cartilla de Servicio Militar - Original
ó Pasaporte - Original
ó Cédula Profesional - Original
ó Licencia para Conducir - Original
ó Tarjeta del INAPAM - Original
2. Formato
TSEDEMA-DGCA_RCV_1
debidamente requisitado
3. Tarjeta de circulación. En caso de que la tarjeta de circulación no se encuentre a nombre del solicitante, se deberá adjuntar el documento que acredite la legal posesión del vehículo. (Factura endosada, contrato de compra venta, carta responsiva u otros).
4. Factura o Carta Factura (para el caso del “00”).
5. Pago de Derechos. Original. (No pagar hasta que el trámite resulte favorable).
6. El trámite deberá realizarlo el propietario de la unidad, en caso contrario presentar: Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos y copias de las identificaciones oficiales de quienes la suscriben. Personas morales: Acta Constitutiva ó Poder Notarial y copia de la Identificación Oficial del representante o apoderado.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. El solicitante deberá presentar el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria en original y copia simple al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.
2. El servidor público recibirá el formato de solicitud y documentación anexa, revisará y cotejará que cumplan con la totalidad de los requisitos. Una vez cumplidos los requisitos, el servidor público asignará folio, sello y entregará el acuse al solicitante, informándole el plazo de respuesta correspondiente.
3. Para el seguimiento del estado de la solicitud, el solicitante deberá de llamar por teléfono al número 5552789931 y 5551342380 ext 1690 al 1694.
4. El servidor público informará al solicitante que deberá de presentarse en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibiendo el acuse e identificación, para recibir la respuesta a su solicitud.
5. El solicitante recibirá la respuesta a su solicitud y firmará de recibido. En caso de ser favorable la respuesta, el solicitante recibirá el oficio.
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Selecciona
Cuauhtémoc
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
TSEDEMA-DGCA_RCV_1.pdf
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Por el canje o reposición del certificado, así como de la calcomanía de verificación vehicular, relativos a la emisión de contaminantes se pagarán derechos
Monto a pagar: $
251.00
Puedes pagar en:
Scotiabank Inverlat S.A.
Fundamento jurídico
Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 180
Documento que se obtiene:
Certificado
Vigencia
Por el período de verificación vigente.
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Únicamente cuando el ciudadano solicite de forma presencial el trámite deberá entregar el formato de solicitud debidamente requisitado y firmado, acompañado de la copia de cada uno de los requisitos
Duración / Respuesta
10 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria Vigente:
Numeral 19.5
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículos 15 fracción IV y 26 fracción VI
Código Fiscal de la Ciudad de México:
Artículo 180
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México:
Artículos 9 fracción XXXIX, 130, 131 y 133 fracciones XI y XIV, 140,196 y 197.
Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal:
Artículo 87.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículo 39 y 44.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 183, fracciones l y Xl.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...