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Solicitud para obtener Permiso Administrativo Temporal Revocable del Sistema de Transporte Colectivo
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Última actualización: 08 de octubre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Sistema de Transporte Colectivo
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Solicitud para obtener Permiso Administrativo Temporal Revocable del Sistema de Transporte Colectivo
Es el acto administrativo en virtud del cual la Administración otorga a una persona física o moral el uso de bienes inmuebles propiedad de la Ciudad de México.
¿Quién realiza este trámite?
Aquél que requiera o solicite el uso o aprovechamiento de bienes inmuebles propiedad de la Ciudad de México.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Comprobantes de domicilio
Boleta del Servicio de Agua - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Boleta de impuesto Predial - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Recibo de Servicio de Luz - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Estado de cuenta de servicio teléfonico - Original y Copia(s) Simple(s)
4. Copia o impresión del Registro Federal de Contribuyentes o de la Identificación Fiscal de la empresa
5. Proyecto Ejecutivo para el uso del inmueble, señalando actividad del proyecto, descripción del mantenimiento para las instalaciones, forma de operación, fuente de financiamiento, distribución del financiamiento, población beneficiada.
6. Constancia de adeudos de las contribuciones que le resulten aplicables.
7. Croquis de la ubicación del predio y delimitación del espacio solicitado, acompañado de medidas, linderos y colindancias.
8. Fotografías del inmueble, predio y/o espacio, (mínimo 3)
9. Solicitud por escrito, dirigido al Director (a) General del Sistema de Transporte Colectivo, señalando ubicación, superficie en metros cuadrados, vigencia, descripción técnica del módulo, asimismo, deberá especificar finalidad o uso que se le pretende dar al inmueble o espacio; domicilio en la Ciudad de México para oír y recibir notificaciones y teléfono local donde se le pueda localizar.
10. Constancia de no inhabilitación expedida por la Contraloría General de la Ciudad de México y por la Secretaría de la Función Pública de la Administración Pública Federal.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta escrito, solicitando al Director General del Sistema de Transporte Colectivo el otorgamiento de un Permiso Administrativo Temporal Revocable.
2. Recibe escrito de solicitud y los demás requisitos, registra y turna a la Subgerencia de Administración de Permisos Administrativos Temporales Revocables a fin de que la solicitud sea valorada por las áreas operativas y técnicas de la viabilidad de otorgar el espacio solicitado.
3. Notifica al solicitante mediante oficio la respuesta a su solicitud y en caso de ser afirmativa se comunica que el siguiente paso será que la solicitud sea valorada por el Comité de Administración y Contratación de Áreas Comerciales y Espacios Publicitarios del Sistema de Transporte Colectivo.
4. Se expone ante el Comité de Administración y Contratación de Áreas Comerciales y Espacios Publicitarios del Sistema de Transporte Colectivo y en caso de ser procedente el otorgamiento se notifica mediante oficio al solicitante que comparezca y cubra el costo del Dictamen Valuatorio que determinará el monto de la contraprestación a pagar, y la entrega de requisitos adicionales para formalizar el PATRS.
5. Se cita al permisionario una vez dictaminado el avalúo para la firma del PATR y del Acta Entrega-Recepción del Inmueble de mérito.
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Costos
Costo Variable :
El monto de la contraprestación mensual a cobrar al Permisionario, es la que se determina Oficialia Mayor mediante avalúo a través de a Dirección de Avalúos de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.
Fundamento jurídico
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
Artículos 40 fracción VI y 105 fracción II
Documento que se obtiene:
Permiso
Vigencia
10 Años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Sin dato
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público:
Artículos 40 fracción VI, 105 fracción II, 106, 108 y 109.
Otro:
Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal:
Numeral 8.2
Otro:
Circular Uno denominada Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.:
Numerales 12.4, 12.4.1, 12.4.2, 12.4.3 y 12.4.4.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...