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Registro de Programa Interno de Protección Civil
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Última actualización: 30 de septiembre de 2024
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil
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Registro de Programa Interno de Protección Civil
El Programa Interno es un instrumento de planeación y operación que elaboran las instituciones del sector público, privado o social con el objetivo de reducir los riesgos de los inmuebles presentados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de evitar o atender cualquier eventualidad y proteger la vida de las personas, sus bienes y entorno. Al registrar el Programa Interno de Protección Civil en la Plataforma Digital se obtiene un oficio de registro de Programa Interno de Protección Civil con un código QR que permite corroborar su validez.
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Programa Interno de Protección Civil para Parques de Diversiones
Programas Internos de Protección Civil para inmuebles destinados a vivienda multifamiliar, conjuntos habitacionales o unidades habitacionales
Programa Interno de Protección Civil para Hospitales
Programas Internos de Protección Civil para construcciones con instalaciones especializadas para atención de población vulnerable
Programas Internos de Protección Civil para espacios culturales independientes
Programas Internos de Protección Civil para escuelas de educación básica, media superior y superior
Programa Interno de Protección Civil para Establecimientos Mercantiles e Industriales
¿Quién realiza este trámite?
Propietarios, Poseedores, Representantes Legales del inmueble y/o Responsables Oficiales de Protección Civil
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Datos generales del inmuebles y descripción general del mismo.
2. Identificación y análisis de Riesgos.
3. Plan de Reducción de Riesgos.
4. Plan de Contingencias.
5. Plan de Continuidad de Operaciones
6. Programa de Inspección
7. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil no cancelable.
8. Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones
9. Constancia de Seguridad Estructural
10. Dictamen técnico de instalaciones de gas L.P. y/o natural
11. Acta de Constitución del Comité Interno de Protección Civil.
12. Programa Anual de Capacitación.
13. Programa Anual de mantenimiento de instalaciones
14. Carta responsiva, carta garantía expedida por el fabricante o factura de instalación del sistema de alertamiento sísmico que reciba la señal oficial del Gobierno de la Ciudad de México, aprobado por la Secretaría conforme a la Norma Técnica correspondiente.
15. Equipamiento y zonificación para atención de emergencias
16. Carta responsiva de mantenimiento y/o recarga de extintores.
17. Integración de Brigadas de Protección Civil
18. Características del Equipo de Alerta, Prevención y Combate de Incendios
19. Carta bajo protesta de decir verdad indicando las características del Equipo de Primeros Auxilios
20. Descripción de las instalaciones eléctricas
21. Programa Anual de Simulacros.
22. Ser elaborado por un ROPC con registro vigente que cuente con usuario y contraseña para el ingreso a la Plataforma Digital.
23. Escrito libre y bajo protesta de decir verdad que incluya el listado de las personas capacitadas, el tema de la capacitación y duración de la misma
24. Acta del simulacro
25. Descripción de las instalaciones hidrosanitarias
26. Descripción de las instalaciones especiales
27. Croquis general por piso o nível
28. Iluminación de emergencia
29. Acreditación de personalidad jurídica del representante legal
30. Programa de Operaciones
31. Programa de mantenimiento
32. Carta de responsabilidad firmada por la persona el representante legal, dueño o poseedor
33. Carta de corresponsabilidad firmada por el Responsable Oficial de Protección Civil a cargo del Programa Interno
34. Dictamen Técnico sobre Prevención de Incendios
35. Constancia de mantenimiento de receptor secundario de alerta sísmica
Requisitos para hacerlo en línea:
Contar con una cuenta de
Llave CDMX
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
Este trámite está disponible en Línea
Iniciar
De manera digital:
1. El Responsable Oficial de Protección Civil se da de alta en la Plataforma Digital:
https://tramites.cdmx.gob.mx/proteccion-civil-programas-internos/public/
2. El Responsable Oficial de Protección Civil carga la información y documentos solicitados del Programa Interno de Protección Civil en la Plataforma.
3. Personal de la Secretaría revisa la documentación ingresada a la Plataforma y registra el PÏPC o señala inconsistencias
4. El Responsable Oficial de Protección Civil Subsana las inconsistencias señaladas, en caso de contar con ellas.
5. La SGIRPC a través de la Plataforma Digital emite la constancia de Registro de PIPC
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Registro
Vigencia
2 años
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
El PIPC deberá apegar a los Términos de Referencia publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México según corresponda al tipo de Programa Interno a capturar en la Plataforma Digital. La Secretaría registrará el Programa Interno de Protección Civil o, en su caso, señalará las inconsistencias. Las personas representantes legales, administradoras, propietarias o poseedoras de establecimientos mercantiles, industrias o inmuebles que resulten de bajo riesgo de conformidad con el cuestionario clasificatorio de nivel de riesgo, no están obligados a elaborar Programa Interno. Las personas representantes legales, administradoras, propietarias o poseedoras de establecimientos mercantiles, industrias o inmuebles que resulten de riesgo medio de conformidad con el cuestionario clasificatorio de nivel de riesgo, tendrán un plazo máximo de ciento veinte días naturales a partir del día de su apertura para registrar por medio de un ROPC el correspondiente Programa Interno en la Plataforma Digital, por su parte, los de alto riesgo, contarán con un plazo de noventa días naturales
Duración / Respuesta
40 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México:
Artículos del 37 al 56 TER
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México:
Artículos 2 fracción XLVIII y del 56 al 71
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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