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Registro de Obra Ejecutada
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Última actualización: 21 de julio de 2022
UNIDAD NORMATIVA: Alcaldía Tlalpan
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Registro de Obra Ejecutada
Trámite que otorga el registro a una obra ejecutada cuando esta se haya realizado sin contar con el registro de manifestación de construcción o licencia de construcción especial, y se demuestre que cumple con las disposiciones normativas y los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano.
Este trámite tiene varias modalidades,
selecciona una:
Registro de Obra Ejecutada
Registro de Obra Ejecutada para Excavaciones o cortes cuya profundidad sea mayor de un metro; Tapiales que invadan la acera en una medida superior a 0.5 m; Obras o instalaciones temporales en propiedad privada y de la vía pública para ferias, aparatos mecánicos, circos, carpas, graderías desmontables y otros similares; e Instalaciones o modificaciones en edificaciones existentes, de ascensores para personas, montacargas, escaleras mecánicas o cualquier otro mecanismo de transporte electro-mecánico, equipos contra incendio y tanques de almacenamiento y/o instalación de maquinaria, con o sin plataformas
Registro de Obra Ejecutada para instalaciones subterráneas, aéreas o sobre superficie, de demolición del pavimento o cortes en las banquetas y guarniciones en la vía pública y estaciones repetidoras de comunicación celular y/o inalámbrica
Registro de Obra Ejecutada para demoliciones mayores de 60m2
Registro de Obra Ejecutada para estaciones repetidoras de comunicación celular y/o inalámbrica
Registro de Obra Ejecutada para edificaciones en suelo de conservación
¿Quién realiza este trámite?
Propietario o Poseedor o Representante Legal
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Carta de Naturalización - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cartilla de Servicio Militar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Certificado de Nacionalidad Mexicana - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta los formatos de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en la Ventanilla Única de Trámites.
2. Recibe los formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable
3. Realiza visita para cotejar que la construcción se apegó al proyecto que se presentó
4. Da aviso al ciudadano del monto de la sanción prevista en la norma correspondiente por tratarse de obra ejecutada, para su pago y se comunica al ciudadano la necesidad de presentar los carnets de los DRO y Corresponsables, en su caso.
5. Presenta recibo de pago de sanción y Carnets de DRO y Corresponsables para descargo
6. Se presenta en la Ventanilla Única de Trámites para recibir el Registro de Obra Ejecutada.
Localiza la oficina más cercana
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Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Vigencia
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede:
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
• En caso de que el predio se localice en dos o más Alcaldías, el trámite se presentará ante la Ventanilla Única de la SEDUVI. • La Alcaldía correspondiente revisará la documentación y practicará una visita a la obra para constatar que cumple con la normatividad aplicable y se ajusta a los documentos exhibidos con la solicitud. • La Alcaldía correspondiente realizará el Registro de Obra Ejecutada previo pago establecido.
Duración / Respuesta
20 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:
Artículos 4, 7, 10 fracciones III, XVIII y XXII, 22 y 43.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 154 fracción I y XXX.
Constitución Política de la Ciudad de México:
Artículos 1 numeral 5, 3, 7 apartado A numeral 1, 53 apartado A numeral 12 fracción II, apartado B inciso a fracción XVII.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículo 8.
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México:
Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal:
Artículos 32, 34, 35 fracción I, 38, 39, 72 y 253.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 4 fracción III y IV, 7 fracción VI y VII, 8 fracciones II y III, 87 fracción VI.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal:
Artículos 2 y 3.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 31 fracciones VI y XII.
Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México:
Artículos 29 fracción II, 31 fracción III, 32 fracción II, 71 fracción IV.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...