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Servicio de visitas guiadas en los recintos de la Secretaría de Cultura
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Última actualización: 05 de octubre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Secretaría de Cultura
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Servicio de visitas guiadas en los recintos de la Secretaría de Cultura
Visita guiada al público en general por un especialista de las exposiciones permanentes y temporales de los recintos de la Secretaría de cultura, tales como son: Museo de la Ciudad de México, Museo Nacional de la Revolución, Museo Archivo de la Fotografía, Ágora Galería del Pueblo, Salón de Cabildos, Museo Chinampaxochitl ( Flor de Chinampas), Panteón San Fernando, Maqueta Interactiva y el Archivo Histórico de la Ciudad de México.
¿Quién realiza este trámite?
Persona física o moral
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Escrito libre, dirigido al recinto cultural de su interés, en el cual, se debe señalar nombre de la persona, institución o asociación solicitante, fecha y hora para su visita, número de asistentes y datos de contacto del responsable del grupo.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presenta o envía al correo electrónico direcciondepatrimonio.cdmx@gmail.com el escrito libre.
2. Recibe y registra carta de exposición de motivos y ofrece una respuesta para calendarizar la visita.
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Selecciona
Cuauhtémoc
Gustavo A. Madero
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Visita guiada por un especialista
Vigencia
No aplica
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: No aplica
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
Sin información adicional.
Duración / Respuesta
30 Días hábiles
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 29, fracción XII, XIII y XIV.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México:
Artículo 142 fracciones II y XX.
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
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