Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
1. El comprobante de domicilio no deberá ser mayor a 90 días de facturación y deberá ser de la Ciudad de México. Para acreditar el requisito relacionado con el comprobante de domicilio, se podrá tener por cumplido con la credencial para votar expedida por la autoridad competente, siempre y cuando ésta cuente con la información completa del domicilio de la persona que realiza el trámite. Asimismo, el comprobante de domicilio podrá ser, sustituido por la manifestación de voluntad de la persona interesada en realizar el trámite (propietario del vehículo y/o titular de la concesión o permiso correspondiente) en la que señale bajo protesta de decir verdad el domicilio que habita, señalando correo electrónico y/o número celular.
2. En caso de que el solicitante sea persona moral, el comprobante de domicilio deberá estar a nombre de la razón social.
3. La carta factura debe ser vigente, no mayor a un mes a partir de la fecha de su expedición.
La factura del vehículo debe cumplir con el modelo y las especificaciones técnicas establecidas por la Secretaría. Asimismo, si no es la primera persona que es propietaria del vehículo, la factura deberá contar con el último endoso correspondiente o el último contrato (o carta responsiva) o documentales que acrediten compraventa según corresponda a nombre del actual propietario del vehículo, siendo de estricta responsabilidad del vendedor y comprador, en caso de controversia, acreditar la propiedad del vehículo, para lo cual, se deberán presentar los documentos conforme a las siguientes reglas:
- Factura digital (no endosable) acompañada del último contrato de compra-venta (o carta responsiva), con copia de identificación del último vendedor.
- Factura no digital (sí endosable) que no cuenta con cadena o sello digital, ni código QR- deberá presentar el último endoso correspondiente de la factura. Además, para los casos que intervengan personas morales en dicha transmisión, la persona interesada deberá presentar la refactura a su nombre, y una copia de la factura de origen.
- En caso de no contar con factura de origen, se podrá exhibir copia de la factura expedida por la agencia automotriz, medios preparatorios para obtener el reconocimiento sobre la transmisión de la propiedad por el enajenante, diligencias de jurisdicción voluntaria sobre la declaración judicial de la acreditación de la propiedad del vehículo, o algún otro documento que se le equipare, emitido en términos de la normatividad correspondiente.
4. En caso de no ser el único dueño, deberá presentar la factura el o (los) endoso(s), por lo tanto deberá presentar responsiva de compra venta acompañada de la identificación del vendedor. En facturas digitales y fe testimonial no aplica el endoso, presentar responsiva de compra venta, acompañada de identificación del vendedor.
5. La Secretaría realizará, por los medios disponibles, la verificación de reporte de robo del vehículo, los pagos de contribuciones de tenencia vehicular y refrendo de los últimos 5 años.
6. En caso de que la unidad vehicular sea de procedencia extranjera deberá presentarse el pedimento de importación.