Atención Ciudadana
Gobierno
Guía de Visitantes
Atención Ciudadana
Gobierno
Guía de Visitantes
ui-button
licencia de conducir
Mi beca para empezar
Permiso para residentes
Portal CDMX
Cancelación de garantía hipotecaria
Regresar
Última actualización: 02 de noviembre de 2021
UNIDAD NORMATIVA: Instituto de Vivienda de la Ciudad de México
Imprimir
Compartir
Cancelación de garantía hipotecaria
Es la cancelación de la garantía real constituida sobre un bien inmueble, derivado del pago total del crédito otorgado por su acreedor (extintos Fideicomisos FICAPRO, FIVIDESU o este Instituto de Vivienda), por su acreditado (deudor), mediante la instrucción notarial que girará este Instituto al Notario Público del Distrito Federal que designe el acreditado a fin de que se haga constar en escritura pública la cancelación de la garantía e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
¿Quién realiza este trámite?
Persona física a quien se les otorgó crédito los extintos Fideicomisos FICAPRO, FIVIDESU o este Instituto de Vivienda.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos:
1. Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Cédula Profesional - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Licencia para Conducir - Original y Copia(s) Simple(s)
ó Pasaporte - Original y Copia(s) Simple(s)
2. Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Original y Copia(s) Simple(s)
3. Datos generales del Notario Público del Distrito Federal, de su elección señalando nombre del Notario, número y domicilio de la Notaria, al que se dirigirá la instrucción notarial.
4. Escritura del inmueble. En original y copia para cotejo.
5. Carta Finiquito. En original y copia para cotejo.
6. Constancia Simple de Folio Real actualizada emitida por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (con fecha de expedición no mayor a seis meses). En original y copia para cotejo.
7. Estado de Cuenta en ceros actualizado, emitido por el Fideicomiso de Recuperación Crediticia FIDERE III (con fecha de expedición no mayor a seis meses) . En original y copia para cotejo.
8. En caso ser haber sido crédito bancario y adquirido la deuda el Instituto de Vivienda del Distrito Federal: Contrato de Apertura de Crédito y/o Convenio Modificatorio. En original y copia para cotejo.
¿Cómo, dónde y cuándo se realiza el trámite?
De manera presencial:
1. Presentarse con los documentos requeridos en original y copia en el Centro Integral de Atención Ciudadana (CIAC) ubicado en la planta baja del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México.
2. Recibe y coteja la documentación
3. Realiza captura del trámite o servicio en el Sistema (CIAC) y adjunta la documentación recibida, se entrega al solicitante su folio de solicitud de trámite y de autorización para recabar, proteger, incorporar y tratar datos personales, firmando de conformidad, el cual podrá consultar en línea el estatus de su trámite en https://servicios.invi.cdmx.gob.mx
4. Informa vía mensaje SMS al celular del Ciudadano o vía telefónica que se presente a recoger el oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de gravamen.
5. Se presenta en el Centro Integral de Atención Ciudadana (CIAC) ubicado en la planta baja del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, con identificación oficial y folio de seguimiento a recibir oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de gravamen.
6. Recibe y coteja la identificación presentada, entrega oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de gravamen.
7. Recibe oficio de improcedencia o instrucción de cancelación de gravamen y firma de acuse de recibido.
Localiza la oficina más cercana
Localiza la oficina de atención más cercana
Por favor selecciona una alcaldía
Selecciona
Iztacalco
Da clic sobre el marcador para ver información
Descarga los formatos
Sin formatos
Documentos Adjuntos
Sin formatos
Costos
Sin costo
Documento que se obtiene:
Oficio
Vigencia
3 Mes(es)
Otros datos de interés
1. Tipo de Ficta que procede: Negativa
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite
En caso de proceder en forma positiva el trámite solicitado, la Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos emitirá la instrucción notarial solicitando la liberación de la hipoteca al Notario Público designado por el beneficiario.
Duración / Respuesta
30 Días naturales
La respuesta de tu tramite deberás conservarla para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamento jurídico
Ley de Vivienda del Distrito Federal:
Art. 29 fracción I
Otro:
Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera del INVI.:
Punto 5.5.4 y 5.7.3
Código Civil para el Distrito Federal:
Art. 2893, 2906, 2919, 2922, 2926, 2931, 2934, 2940 y 2941
El presente Trámite y/o Servicio, así como su formato único de solicitud en caso de contenerlo, ha sido inscrito por el Sujeto Obligado que lo norma, aplica u opera, por lo que el contenido y legalidad de la información es de su exclusiva responsabilidad.
Procesando...